Aprobado el R.D. sobre las Certificaciones energéticas

 
El pasado sábado 13 de abril de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
 
Esta norma, entrada en vigor el día siguiente a su publicación (por lo tanto desde el 14 de abril de 2013), transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, derogando y refundiendo el anterior Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de edificios de nueva construcción, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.
 
El R.D. establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un Certificado de Eficiencia Energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética (los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o unidades de éste no se incluyen en este R.D., ya que se establecen en el Código Técnico de la Edificación). De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
 
Además, este R.D. contribuye a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios.
El Procedimiento aprobado se aplica, salvo algunas excepciones, a todos los edificios de nueva construcción, a los edificios existentes (o partes de ellos) que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, y a los edificios abiertos al público (o partes de ellos) en los cuales una autoridad pública ocupe una superficie útil superior a 250m2.
 
La presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendadores del Certificado de Eficiencia Energética será exigible para los contratos de compraventa o arrendamiendos celebrados a partir del 1 de junio de 2013 y tiene una validez de 10 años.
 
En ROBERTI Engineering & Consulting ya trabajamos con los nuevos programas informáticos de certificación energética definidos como Documentos reconocidos por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por el Ministerio de Fomento.
Entrada en vigor la nueva instrucción EAE

 
El pasado jueves 23 de junio de 2011 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo, mediante el cual se aprobó la Instrucción de Acero Estructural (EAE).

Su ámbito de aplicación se extiende, salvo las excepciones contempladas en la misma, a todas las estructuras y elementos de acero estructural, tanto de edificación como de ingeniería civil.

Al igual que la Instrucción de hormigón estructural (EHE-08) y en línea con los criterios adoptados en las normas europeas denominadas «Eurocódigos estructurales», esta nueva Instrucción adopta un enfoque prestacional, configurándose así como un marco técnico coherente con el establecido en la normativa técnica europea y armonizado con las disposiciones relativas a la libre circulación de productos de construcción dentro del mercado único europeo, y, en particular, con la Directiva 89/106/CEE. Ello permite no limitar la gama de posibles soluciones y fomenta el uso de nuevos productos y técnicas innovadoras. Para ello, se establecen y cuantifican unas exigencias de forma que puedan ser objeto de comprobación y cuyo cumplimiento acredita la satisfacción de los requisitos exigibles a las estructuras, y en especial el relativo a la seguridad.  

Además, en la Instrucción EAE, se atiende a las cuestiones relativas a bases de proyecto y análisis estructural, así como a los requisitos técnicos exigibles a los materiales componentes, a la durabilidad y vida útil de las estructuras, a la acción de incendio, y a aspectos relativos a sostenibilidad, incorporando, en relación con estos, criterios de proyecto y ejecución.

Esta nueva norma, entrada en vigor a los seis meses de su publicación (por lo tanto desde el 23 de diciembre de 2011), deroga las disposiciones de rango inferior o igual que se oponen a su contenido.

En este sentido, en las obras de edificación se pueden emplear indistintamente esta Instrucción o el Documento Básico DB SE-A Acero del Código Técnico de la Edificación, aunque a veces las respectivas indicaciones entren en contraposición.

En el futuro, esta Instrucción se verá complementada con la próxima revisión del ya citado DB SE-A del CTE, cuyo ámbito de aplicación se limitará a estructuras de acero de edificación convencional, y cuyo contenido se adaptará a esta Instrucción de carácter más general y dando soluciones completamente coherentes con la nueva.


En ROBERTI Engineering & Consulting ya trabajamos con la nueva normativa y estamos preparados para realizar vuestros proyectos adaptados al nuevo marco normativo.